Comparte

Venta de Inmueble con hipoteca

La venta de un inmueble hipotecado sí es posible. El propietario de un inmueble hipotecado muchas veces cree que no puede venderlo hasta que no haya pagado la Hipoteca al acreedor beneficiario de la misma. La Hipoteca constituye una Garantía de pago de un préstamo de dinero que se soporta con un inmueble para asegurar el cumplimiento del pago de la obligación asumida por el deudor hipotecario ante un acreedor, que en el caso de impago de la deuda reclamará a través de la vía judicial el pago del capital e intereses, la indexación y gastos del juicio. Ahora bién, el acreedor ejecutará la hipoteca, sin importar quién figure

como propietario del inmueble en el Registro Inmobiliario , la hipoteca "sigue al inmueble" no a la persona que sea  dueño para la fecha de una ejecución judicial, precisamente ese es el fin de la garantía hipotecaria, asegurar el pago de la deuda. Una vez rematado el inmueble en venta judicial, de lo que se obtenga en subasta pública, el acreedor se cobra y el remanente le corresponderá al deudor ejecutado o dueño del bien.
El dueño de un inmueble hipotecado puede vender su inmueble con la hipoteca vigente aún sin que exista el consentimiento del acreedor (la Ley no lo exige)  autorización, notificación o liberación del banco o del acreedor hipotecario.

  Se acostumbra señalar en el documento de la venta el pago con "Subrogación " ( Art. 1.300 Código civil ), el comprador del inmueble hipotecado se subroga en el pago de la hipoteca cuyo gravamen pesa sobre el inmueble vendido asumiendo las obligaciones del deudor original. Por otra parte, si quienes intervienen en la venta con hipoteca, no mencionan el gravamen, el Registrador tiene la obligación de hacerlo. Éste advertirá en la Nota de autenticación no sólo la existencia de la hipoteca, también expresará el nombre del acreedor hipotecario, el monto y grado de la hipoteca.
 En conclusión, no necesita pagar la hipoteca de su inmueble si lo quiere vender siempre que el comprador se subrogue en el pago de la deuda. Siempre la hipoteca sigue al "bien" no al deudor original.   
Consulte los servicios ofrecidos en esta página  Servicios legales inmobiliarios